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18/9/09

REPAS: Nuevo fallo condena al Gobierno a pagar

Luego de un dilatado trámite judicial, la jueza Adriana Rapossi dictó una sentencia en la que rechazó el planteo de inconstitucionalidad formulado por la Fiscalía de Estado contra la ley 621 que, en marzo de 2004, había reestablecido la vigencia del suplemento denominado "Recuperación del Poder Adquisitivo Salarial"; hizo lugar a la demanda iniciada por ATE a mediados de ese mismo año en la se solicitaba se ordenara al Poder Ejecutivo a cumplir con la mencionada ley, y condenó al Estado fueguino a pagar, dentro de los 20 días de quedar firme el fallo, el mencionado adicional remunerativo y bonificable de 150 pesos por el lapso comprendido entre enero de 2004 y enero de 2006.
De no apelarse la decisión, lo que el Poder Ejecutivo resolverá una vez que la gobernadora Ríos retorne a la provincia, implicaría para el Estado fueguino hacer frente a una erogación estimada en los 20 millones de pesos.
La sentencia en cuestión, dictada el pasado miércoles 16, viene a ratificar en lo sustancial la que fuera dispuesta en abril de 2007 por el juez Laboral de Ushuaia, Guillermo Penza, en la se había condenado al Gobierno a pagar "las diferencias resultantes" entre la escala prevista en los decretos 761 de 2006 y 407 de 2004.
Este fallo había sido objeto de apelación por parte de la Fiscalía de Estado, en el entendimiento de que lo actuado por el Juez Penza debía ser declarado nulo porque el magistrado no se había expidió sobre un planteo de inconstitucionalidad de la ley 621 efectuado por el órgano de control.
El año pasado, la Sala Civil de la Cámara de Apelaciones, hizo lugar al planteo de la Fiscalía, declaró la nulidad de la sentencia y remitió la actuaciones al juzgado de primera instancia del Trabajo para que dicte un nuevo pronunciamiento. La responsabilidad recayó, por subrogancia, en la jueza de Competencia Ampliada, Adriana Rapossi.
Tal lo indicado por la Cámara, la jueza avanzó sobre el planteo de inconstitucionalidad de la ley 621. Sobre el particular consideró que con el dictado de la norma cuestionada, la Legislatura no avanzó sobre la "zona de reserva del Poder Ejecutivo" en cuanto a su facultad de fijar la escala salarial del personal bajo su órbita de dependencia.
Sostiene este criterio al interpretar que la mediante la ley 621 no se "crea ninguna salarial, no crea un ítem salarial ni restituye el adicional REPAS", sino que "refuerza el derecho a mantener la intangibilidad de las remuneraciones de los agentes públicos" que en los hechos se habían visto reducidos durante la gestión Colazo "sin declaración de emergencia o motivación adecuada a un interés general superior".
Definida esta cuestión, la jueza avanza sobre el reclamo concreto vinculado al incumplimiento por parte del Ejecutivo de la ley que había sido sancionada en marzo de 2004 y concluye que el Gobierno incumplió con la norma, y que lo tanto debe pagar lo adeudado a los agentes públicos.

Fuente: eldiariodelfindelmundo

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