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11/7/09

JUBILACIONES: Fallo incluye sumas no remunerativas para calcular la jubilación

La Sala I de la Cámara de Seguridad Social confirmó una sentencia de primer grado de gran importancia, a través de la cual ordena que se computen los aumentos salariales "no remunerativos" para el cálculo de la jubilación.
Según informa el diario Clarín, los camaristas consideran que de esta manera se da cumplimiento " a la razonable proporcionalidad que debe existir entre el sueldo en actividad y el haber de retiro".
Las contribuciones no remunerativas no son tenidas en cuenta, tanto por el Gobierno como por empresas privadas, para los aportes jubilatorios y no se consideran tampoco para el aguinaldo ni para otros beneficios laborales.
Un empleado de las Fuerzas Armadas presentó la demanda porque el personal en actividad tuvo varios aumentos que no se extendieron a las jubilaciones del personal retirado.
El juez Bernabé Chirinos, uno de los firmantes del fallo de la Cámara, le dijo a Clarín que la Ley de Contrato de Trabajo fija que el sueldo "es la contraprestación que recibe el trabajador y que, sea en dinero o en especie, integra la remuneración del trabajador. Y que a los fines jubilatorios se tiene que respetar la proporcionalidad con la remuneración total y no una parte de ella".

Fuente: Clarín

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