
Durante la reunión se denunciaron los hechos efectuados por la empleadora y ocurridos con posterioridad a la primera audiencia, que constituyen actos antisindicales y recorte discriminatorio respecto de los trabajadores afiliados a UTCA. De la misma manera, se dejó expresamente constancia que desde UTCA se representan los intereses de los trabajadores del casino en su colectivo, no obrando actuaciones en defensa y representación de los mismos por parte del sindicato que se acredita la representación y que posee inscripción.
Por tal motivo, y ante la faltante de argumento por parte de los abogados de Casino Club respecto al despido del compañero trabajador, es que se decidió y se comunicó al Ministerio de Trabajo que UTCA adoptará una nueva medida de fuerza en ejercicio del legítimo derecho a llevar adelante medidas de acción directa reconocido a “los trabajadores” por la Constitución Nacional en su artículo 14 bis y con el único objeto que el compañero cesanteado sea reincorporado.
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