La Sala "B" de la Cámara de Apelaciones de la provincia de Chubut ratificó un fallo de primera instancia en el que se reconocía la competencia de la Federación Argentina de Prensa (FATPREN) y la Asociación de Diarios de la República Argentina (ADIRA) para negociar las escalas salariales de los trabajadores de prensa de todo el país y la pertinencia de la aplicación del Convenio Colectivo de Trabajo 541/08.
La sentencia se dio ante el reclamo de la compañera Silvia Soto Radice, del Sindicato de Prensa del Noreste del Chubut, contra Editorial La Jornada S. A., que negaba la aplicación del citado CCT, aduciendo que ADIRA no tenía representatividad para actuar en su nombre.
Tanto el fallo original del juez de primera instancia, como la resolución de Cámara, ratificaron la validez de la actuación de la FATPREN en todo el ámbito del territorio nacional con las excepciones que prevé la normativa vigente y que no eran de aplicación para la ciudad de Trelew.
De tal manera, la sentencia judicial obliga a la patronal a efectuar la liquidación de salarios de acuerdo a lo establecido por el CCT 541/08 en forma retroactiva desde abril de 2008 y a cubrir las costas derivadas del juicio.
La FATPREN destacó la importancia de ambos fallos, que ratifican la obligatoriedad de respetar y cumplir en prensa con la normativa laboral en todo el país.
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