La Sala II de la Cámara de la Seguridad Social hizo lugar a una demanda de Néstor Capa, un jubilado de 75 años, y ordenó la aplicación inmediata -por vía cautelar- del reajuste de su jubilación en base a la doctrina "Badaro".Esto significa que la Anses, apele o no este fallo, tiene que reajustarle al jubilado el haber en forma inmediata en más del 50%, al margen de que el juicio prosiga por las diferencias que se adeuden.Por el fallo Badaro, los haberes previsionales, entre enero de 2002 y diciembre de 2006 deben ajustarse un 88,6%, como evolucionaron los salarios.En ese lapso la ANSeS otorgó solo dos aumentos generales: del 10% en septiembre de 2004 para los que ganaban menos de $ 1.000 y el 11% en junio de 2006 para todos los jubilados. La diferencia, según los casos, implica una ajuste de hasta el 54,5% ó 69,9%, según la fecha de jubilación.Según publica hoy el diario Clarín, se trata de una medida cautelar, aunque la Anses apele el fallo y la causa pase a la resolución de la Corte Suprema, el organismo previsional tiene que cumplir la sentencia. Es la primera vez que la Justicia de la Seguridad Social se expide de esta forma.El caso tiene gran trascendencia porque a partir de este antecedente se descuenta que decenas miles de jubilados van a presentar un reclamo similar al de Capa. Se estima que un millón de jubilados y pensionados cobran menos de lo que surgiría si se les aplicara el mismo ajuste que a Badaro.Así, en lugar de tener que esperar varios años hasta lograr una sentencia favorable, ahora con este antecedente esos jubilados pueden obtener el reajuste de sus jubilaciones en apenas pocas semanas, mientras prosigue el juicio por la retroactividad y el fondo de la cuestión. La novedad es que en lugar de un reclamo ordinario, Capa -que cuando se presentó a la Justicia el año pasado cobraba una jubilación de $ 1.143,50- pidió en la demanda una "medida cautelar innovativa". Argumentó que los tiempos normales procesales dejaban abierta "la posibilidad de no hallarse con vida cuando la justicia le reconozca la integridad de su preciado derecho alimentario", además de vulnerar "los derechos humanos a la subsistencia, a la salud, a la alimentación, a la satisfacción de sus necesidades básicas, en definitiva, a su calidad de vida digna". Capa apeló el fallo y el caso pasó a la Sala II de la Cámara de la Seguridad Social que ayer, por 2 votos a 1, le dio la razón al jubilado.
Fuente: infobae.com
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